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SEGUROS INTEGRAL DE COMERCIO - Orbis

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ORBIS indemnizará al Asegurado la perdida por robo, y/o la destrucción o daños producidos por incendio, rayo o explosión, del dinero, cheques al portador u otros valores especificados expresamente y hasta el Límite contemplado en las Condiciones Particulares que se encontraren en el lugar indicado en las mismas y siempre que el hecho se produzca durante las horas habituales de tareas. Cuando la póliza ampare valores depositados en Caja Fuerte o Tesoro, la cobertura comprenderá el hecho producido:

 

  • Durante el horario habitual de tareas, aunque la Caja se hallara abierta o los valores se encontraren fuera de ella; y

  • Fuera del horario habitual de tareas, siempre que la Caja se encontrare debidamente cerrada con llave o sistema de seguridad y que para el apoderamiento de los valores se ejerza violencia directamente sobre la misma o mediante intimidación o violencia en las personas.

 

 

Sublímites cajón mostrador: ARS 15.000.  

 

 

Franquicia deducible por todo y/o cada evento del 10% del monto del siniestro de acuerdo con el siguiente detalle:

 

a. Entre 0 y $ 25.000 – 10% del siniestro con un Mínimo $ 2.500.

b. Entre $ 25.001 y $ 50.000 – 10% del siniestro con un Mínimo $ 5.000

c. Entre $ 50.001 y $ 75.000 – 10% del siniestro con un Mínimo $ 7.500

 

El suscriptor puede a su criterio y de acuerdo con el tipo de actividad incrementar el monto del sublímite de cajón mostrador, el porcentaje de franquicia o la suma asegurada. 
 


Exclusiones Específicas

 

a. El delito haya sido instigado o cometido por o en complicidad con personal jerárquico o empleados.

b. Los valores no tengan relación con la actividad especifica o habitual, comercial o profesional del Asegurado;

c. Medie extorsión que no encuadre en las definiciones establecidas bajo un riesgo cubierto

d. Hurto  

e. Tratándose de la cobertura en Caja Fuerte, cuando se produzca mediante el uso de las llaves originales o duplicados dejadas en el lugar o en el edificio donde se encuentre la misma.

f. Local permanezca cerrado más de cinco días consecutivos, se entenderá cerrado cuando no concurran a desempeñar sus actividades normales o habituales del ramo, el Asegurado, sus empleados o dependientes;

g. Se trate de daños a cristales, aunque hayan sido provocados para cometer el delito o su tentativa. 

VALORES EN LA CAJA FUERTE Y/O CAJON MOSTRADOR 

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www.ssn.gob.ar
0800-666-8400
Si estas asegurado, estás tranquilo

11 4 193- 9172 daniel.lendamar@gmail.com

Daniel Speranza - Productor Asesor de Seguros M. N.: 93906

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