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Legales

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Podemos definir como HECHO JURIDICO un acontecimiento susceptible de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos u obligaciones. 
 
Un acto voluntario lícito en virtud del cual una o más personas se obligan a favor de otra u otras al cumplimiento de una prestación de dar, hacer, o no hacer es un CONTRATO. 
 
Hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una voluntad común destinada a reglar sus derechos. 

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La realidad es que la previsión es una herramienta fundamental para la continuidad de una persona sea física o jurídica que está expuesta a numerosos percances que la lleven a importantes pérdidas, una de las formas más importantes y mejores de previsión que existen es el CONTRATO DE SEGUROS. 

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Antes de contratar un seguro

LEY 12988 - Prohibición de asegurar y reasegurar en el extranjero

La Ley reglamenta la prohibición de cubrir en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional. 

LEY 17.418 - Ley del contrato de seguro

Hay contrato de seguro cuando el asegurador se obliga, mediante una prima o cotización, a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida si ocurre el evento previsto.

Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado (DOAA)

El 03/06/2011 la Superintendencia de Seguros de la Nación publica la Resolución 35840, mediante la cual en el ámbito de la Subgerencia de Relaciones con la Comunidad da lugar a la creación del “Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado” (DOAA), cuya función es la de crear un ámbito específico dentro de la SSN, especializado “… en la tutela, promoción y defensa de los derechos de los asegurados…”

Servicio de Atención al Asegurado (SAA)

“Con la finalidad de optimizar la prestación de los servicios de cobertura y la calidad de atención al tomador de seguros, asegurado, beneficiario y/o derechohabiente, en forma complementaria a la creación y funcionamiento del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado, créase en el ámbito de cada entidad aseguradora el procedimiento de “Servicio de Atención al Asegurado” (SAA)…” 

El defensor del asegurado

El Defensor del Asegurado es una figura de carácter privado creada en el ámbito de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros orientada a la protección de los derechos de los asegurados y/o beneficiarios, mediante la intervención de los conflictos que se susciten entre la persona física o jurídica que tuviera contratado un seguro y un asegurador debidamente autorizado para operar y que previamente se hubiera adherido al Sistema. 

Legislacion sobre Riesgos del Trabajo

La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) tiene un fin primordial que es el de “propender y estimular la adopción de medidas de higiene, seguridad y medicina laboral, a fin de evitar los eventos dañosos”. 

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