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Seguros del automotor

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El seguro de automotores es un seguro de riesgos combinados, pues mediante la celebración de un solo contrato y emisión de una sola póliza, el Asegurador asume riesgos de heterogénea naturaleza. Así, el Asegurador asume el riesgo de responsabilidad civil que pueda imputarse al Asegurado y/o conductor del vehículo objeto del seguro. Se cubren también los riesgos de daños al vehículo, así los de robo y hurto. 

Estructura

La póliza de automotores está integrada por:

 

SO-RC: PÓLIZA BÁSICA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ART. 68 DE LA LEY 24449 (MUERTE, INCAPACIDAD, LESIONES Y OBLGACIÓN LEGAL AUTÓNOMA). 
 
CONDICIONES GENERALES:

​

• CG-RC: RC- Seguro Voluntario.

• CG-DA: Daños al Vehículo.

• CG-IN: Incendio.

• CG-RH: Robo o Hurto.

• CG-CO: Comunes a RC, Daños, Incendio y Robo o Hurto.  

 

• Anexo CG-CO 3.1: Constancia o documentación que debe proporcionar el Asegurado en caso de siniestro.  
 
CLÁUSULAS ADICIONALES:

 

• CA-RC: Responsabilidad Civil.

• CA-DA: Daños al Vehículo.  

• CA-DI: Daños e Incendio.  

• CA-DR: Daños y Robo o Hurto.  

• CA-RH: Robo o Hurto.  

• CA-SC: Scoring.

• CA-CC: Combinación de Coberturas RC, Daños, Incendio y Robo o Hurto.

• CA-CO: Comunes. 
 
CO-EX: COBERTURA AL EXTERIOR

​

• CO-EX 1.1 Seguro de Responsabilidad Civil del Transportador Carretero de Viaje Internacional por los Territorios de los Países del Cono Sur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay) - Daños Causados a Personas o Cosas Transportadas o no, a Excepción de la Carga Transportada.  

• CO-EX 2.1 Seguro de Responsabilidad del Propietario y/o Conductor de Vehículos Terrestre (Auto de Paseo Particular o de Alquiler) no Matriculados en el País de Ingreso en Viaje Internacional. Daños Causados a Personas o Cosas no Transportadas (Mercosur).

• CO-EX 3.1 Extensión de las Coberturas de Robo o Hurto a Países Limítrofes.  

• CO-EX 4.1 Extensión de las Coberturas de Robo o Hurto a Países de Sudamérica.

• CO-EX 5.1 Extensión de la Cobertura de Daños a Países Limítrofes.

• CO-EX 6.1 Extensión de la Cobertura de Daños a Países de Sudamérica.  

• CO-EX 7.1 Extensión de la Cobertura de Incendio a Países Limítrofes.  

• CO-EX 8.1 Extensión de la Cobertura de Incendio a Países de Sudamérica.

• CO-EX 9.1 Extensión de la Cobertura de Responsabilidad Civil a Países de Sudamérica que no forman parte del Mercosur.

• CO-EX 10.1 Extensión de la Cobertura de Responsabilidad Civil a Países del Mercosur. 

COMBINACIÓN DE COBERTURAS:

La Responsabilidad es de contratación indispensable para combinar con resto de coberturas.
Cobertura “A”: Responsabilidad civil hacia terceros y personas Transportadas, con límite de suma asegurada.


Cobertura “B”: Ídem cobertura “A” más el agregado de daños totales a consecuencia de accidente, incendio, robo o hurto


Cobertura “B1”: Ídem cobertura “B”, pero excluye daños totales a consecuencia de accidente.


Cobertura “C”: Ídem cobertura “B”, pero en los casos de incendio y robo o hurto se otorga en forma total y parcial. Es el amparo más completo exceptuando las coberturas de “todo riesgo”.


Cobertura “C1”: Ídem cobertura “C”, excluyendo daños total por accidente.


Cobertura “D”: Ídem cobertura “C”, adicionando la de daños parcial con franquicia a cargo del asegurado(Conocida como todo riesgo con franquicia).


Cobertura “D1”: Ídem cobertura “D” pero sin franquicia por accidente e incendio. Es la cobertura más completa.


Cobertura “E”: Incendio y robo/hurto en garaje.
Se admiten otras combinaciones, tales como coberturas que amparan parciales pero al amparo de un Robo Total (también hurto)


Y de otras que otorgan cobertura solo de Responsabilidad Civil y de Robo o Hurto Total

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