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Seguros Patrimoniales - Automotores Orbis

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  • A0 Responsabilidad Civil

  • CC Terceros Completos Full

  • C7 Terceros Completos Premium

  • D1 Todo Riesgo franquicia fija

  • D3 Todo Riesgo franquicia variable

  • D7 Todo Riesgo franquicia fija

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Puede obtenerse información complementaria de la cobertura en el apartado “Limites y Franquicias”. 

​

NORMAS DE SUSCRIPCION VIGENTES 


Responsabilidad Civil Obligatoria.

 

Todas las coberturas incluyen el Seguro Obligatorio Automotor, conforme disposición 70/2009, Ley 24.449 

 


Límites de Responsabilidad Civil.

 

Salvo que se indique lo contrario en Condiciones Particulares, los límites para el riesgo de Responsabilidad Civil son los establecidos por la Resolución de la SSN. 

 

 

Coberturas aceptadas de acuerdo al uso y a los años 

​

Accesorios

 

No se cubrirán los siguientes accesorios:

 

1. Modificaciones en motores.

2. Estribos (*)

3. Jaula antivuelco (*)

4. Malacates (*)

5. Luces (rompe nieblas – busca huellas – etc) (*)

6. Alerones – Spoilers – Zócalos – Volantes (*)

7. Equipos de audio – Amplificadores – Parlantes

8. Equipamientos de casas rodantes 


(*) – Cuando no fueran originales de fábrica. 


Los accesorios que deseen ser cubiertos deberán tener su correspondiente valor y descripción. 

 


LÍMITES Y FRANQUICIAS

 

➢ Reposición de cubierta por robo y/o hurto. Sin depreciación durante los 2 (dos) primeros años de la fecha de factura de compra del 0KM, luego se aplica 5% por cada año de antigüedad con un máximo de 50%.

 

➢ Cristales y cerraduras. Cubre luneta, parabrisas y vidrios laterales con un límite por evento y  limite agregado por vigencia según siguiente detalle: Cobertura C7: Hasta la suma asegurada que consta en el Frente de Póliza (incluye cristal de techo). (1) Cobertura C0 y C5:  $6.000.- para Vehículos según políticas de subscrición. (3) Cobertura CC:  $ 10.000 para Autos Particulares (Categoría A-B-C-D) y de $ 15.000 para el resto de los Vehículos, según políticas de suscripción. (2)

 

➢ Cláusula ajuste automático. 20%  de la suma asegurada, para Autos, Pick Up particulares y vehículos 4x4 en coberturas C0, C5, CC,  C7,  D1, D3 y D7. 
 

➢ Cobertura de daños parciales a consecuencia de granizo. Exclusión: Cristales Hasta las siguientes sumas por evento y límite agregado por vigencia: Cobertura C7: Hasta la suma asegurada que consta en el Frente de Póliza, para Vehículos según políticas de subscrición. (5) Cobertura C5: $ 10.000,  para Vehículos según políticas de subscrición. (4) 

Cobertura CC: $ 30.000.- por acontecimiento y límite agregado por vigencia, según políticas de suscripción. (6) 
 

➢ Franquicia por Daños Parciales por Accidente. Cobertura D1: Automóviles Categoría A, B, C y D Particulares $ 10.000.-  (7)     Resto de vehículos $ 12.500.-, según políticas de subscrición. 
Cobertura D3: 3% del valor del vehículo que consta en el Frente de Póliza. (8) 
Cobertura D7: Automóviles Categoría A, B, C y D Particulares $ 17.000.-  (9)     Resto de vehículos $ 21.000.-, según políticas de subscrición. ➢ Inundación. Hasta la suma asegurada que consta en el Frente de Póliza, por acontecimiento y limite agregado por vigencia, para Vehículos según políticas de subscrición. (10) 

 

➢ Cobertura de daños parciales, exclusivamente a consecuencia de Robo y posterior aparición. Cobertura C7: Limite de hasta el 25% de la suma asegurada al momento del siniestro con un deducible de $ 10. 000.

​

No se aceptan ningún tipo de cobertura: 


- Automotores con patentes viejas (1 letra y números).

- Alquiler sin chofer. (*)

- Armados fuera de fábrica.

- Auto escuela.

- Bantam, tráiler o casas rodantes sin número de chasis.

- Autos de colección.

- Vehículos de competición o “preparados”, tuning o que presenten modificación en su suspensión.

- Vehículos con carrocerías plásticas.

- Ambulancias de todo tipo.(*)

- Vehículos de auxilio (grúas) (*)

- Vehículos porta volquetes y volcadores. (*)

- Vehículos con destrucción total. (*)

- Vehículos de cualquier tipo destinados a transporte de personas, excepto   taxis y/o remises.

- Micros, ómnibus o colectivos.

- Vehículos que transporten explosivos, tóxicos, inflamables, corrosivos. (*)

- Vehículos propulsados por gas licuado de petróleo (gas de garrafa).

- Vehículos de fuerzas armadas o de seguridad, incluyendo la privada.

- Auto bombas y/o vehículos relacionados con la actividad de bomberos.

- Vehículos destinados a transporte de caudales.

- Vehículos destinados a clearing bancario.

- Vehículos recolectores de residuos.

- Vehículos NO radicados en la República Argentina.

- Cuadriciclos. (*) - Vehículos  con autopropulsión sin patentar.(**)

- Vehículos de más de 6 (seis) plazas incluida la del conductor. (*)

- Vehículos tipo Cabriolet (*)


(*) Cobertura sujeta a aprobación de Gerencia Técnica.

(**) Certificado de No Rodamiento – (Documentación excluyente) 

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Daniel Speranza - Productor Asesor de Seguros M. N.: 93906

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