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SEGUROS PARA EL HOGAR - Sura

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ASISTENCIA TOTAL 24 HS.

Hogar y hogar country

 

Asistencia las 24 Hs.:

 

Usted podrá contar con el Servicio Asistencia llamando a los Teléfonos: 0800-999-76925 (línea gratuita) o al 011-4331-1555.

Servicio prestado por S.O.S. S.A. en todo el territorio de la República Argentina con una extensa red de prestadores especializados.

Será considerada Urgencia Domiciliaria, el evento que surgiere como consecuencia de una pérdida, rotura o desperfecto en las instalaciones fijas y a la vista del domicilio declarado en póliza, de tal magnitud que se vea afectada la seguridad y el buen funcionamiento de la vivienda, por lo que se torna indispensable su urgente solución o reparación, la misma quedará a criterio exclusivo de S.O.S. S.A., evaluando la situación y naturaleza del evento al solicitar la asistencia.

 

Prestaciones

 

Servicios incluidos:

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En caso de emergencia los servicios serán brindados durante las 24 horas, los 365 días del año. SOS S.A. coordinará y otorgará las prestaciones a través de sus proveedores autorizados y asumirá los costos de las mismas dentro de los topes establecidos para cada una de ellas conforme a las presentes Condiciones Generales.
 

Cerrajería:

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Si como consecuencia de la pérdida, rotura o robo de llaves, el beneficiario no tiene otra alternativa para ingresar a su residencia asegurada, SOS S.A. enviará un cerrajero para que, de ser posible efectúe la apertura de la puerta principal de acceso a la vivienda.

Este servicio está disponible, aunque no sea consecuencia de un evento cubierto por la póliza Combinado Familiar, y está limitado a tres intervenciones por año de no más de $500 cada una. Este servicio podrá ser suprimido si se constata mala fe en su utilización por parte de los beneficiarios.


Exclusiones de cobertura:
 

El servicio no incluye el reemplazo de la cerradura por una nueva.

El servicio excluye todo tipo de arreglo en las aberturas que requiera el servicio de carpintería y/o herrajería de puertas y ventanas.
 

Reparaciones de emergencia de cerraduras y ventanas:

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Si a consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, la residencia asegurada quedara desprotegida en sus accesos, de manera tal que fuera fácilmente accesible desde el exterior, SOS S.A. organizará el envío urgente de operarios para realizar las reparaciones provisionales necesarias destinadas a evitar la antedicha accesibilidad, tomando a su cargo el costo del desplazamiento y de la reparación hasta un máximo de $500.- por año.
 

Envío de profesionales:

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En caso de siniestro cubierto por la póliza, provocado por incendio, explosión, impacto o caída de rayo, SOS S.A. organizará el envío urgente de operarios para realizar las reparaciones necesarias a fin de limitar y controlar el alcance de los daños hasta la llegada del liquidador, tomando a su cargo el coste de desplazamiento. El abonado se hará cargo del importe del coste de mano de obra, así como los materiales.
 

Electricista de urgencia:

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Si como consecuencia de un evento cubierto o no por la póliza, se produjeran daños en el sistema eléctrico interno de la residencia asegurada, SOS S.A. enviará un electricista para que, de ser posible, solucione la emergencia. Este servicio está limitado a tres intervenciones por año con un límite de $500.- cada una.
 

Pérdida de gas:

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Cuando se produjera una pérdida de gas generada en la vivienda declarada, que implicara serio riesgo, o perjuicio para la misma, en caños externos de entrada y/o salida de gas, SOS S.A. enviará un gasista para que verifique el origen de la pérdida y la repare. Se entiende por caños externos todos aquellos que estén a la vista, fuera de la estructura de la vivienda, entendiéndose como estructura; paredes, pisos y techos. El servicio está limitado a un tope anual de $500.- (sin límite de eventos).
 

Plomería:

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Urgencias por pérdida de agua producidas por averías por rotura de cañerías a la vista, conexiones externas de agua y llaves de paso que provoquen inundación total o parcial en el domicilio declarado, con un tope máximo de $500.- (Pesos Quinientos) por evento y cubriendo únicamente traslado y mano de obra, quedando a cargo del asegurado los gastos de materiales y/o materiales y/o repuestos. Este servicio está limitado a 3 (tres) intervenciones por año.
 

Seguridad y vigilancia:

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Cuando una residencia asegurada se presentara vulnerable como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza, y por este motivo estuviesen en peligro los bienes existentes en su interior, SOS S.A. proveerá de acuerdo a las disponibilidades locales, de un servicio de vigilancia por un período máximo de tres días, con un tope máximo de $500.- por día.
 

Limpieza:

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Cuando la residencia asegurada, como consecuencia de un siniestro previsto por la Póliza, se tornara inhabitable, se podrá solicitar a SOS S.A. los servicios de una empresa de limpieza, para recuperar superficialmente los daños y posibilitar la reentrada de los moradores, minimizando los efectos del siniestro, y preparando la residencia para su posterior reparación definitiva, es decir, todo lo relativo a una limpieza superficial. SOS S.A. no será responsable por ninguna reparación definitiva. Este servicio estará disponible una vez por año póliza y por un monto máximo de $500.-

Cabe señalar que en caso de existir indemnización por la cobertura “Remoción de escombros” de la Póliza Combinado Familiar, este servicio operará como complemento y en exceso del monto indemnizable por dicho concepto.

 

Traslado de muebles:

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Si como consecuencia de un siniestro previsto por la póliza, como incendio o inundación, la vivienda se tornara inhabitable, y fuera necesario trasladar los muebles por razones de seguridad o conservación de los mismos, SOS S.A. organizará el retiro y traslado de los muebles al lugar especificado por el beneficiario, dentro de un radio de 50 Km., contados a partir del lugar del siniestro. El beneficiario podrá solicitar este servicio dentro de un período máximo de 30 días, contados a partir de la fecha del siniestro. El gasto máximo para este servicio se fija en $500.-
 

Guarda de muebles:

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El beneficiario podrá solicitar este servicio, si no tuviere donde guardar los muebles de la residencia que ha sufrido un siniestro cubierto por la póliza de Combinado Familiar. Complementando el servicio anterior SOS S.A. se encargará de la guarda de muebles por un período de hasta 7 días, así como de su retorno al local especificado por el beneficiario, dentro de un radio de 50 kilómetros desde la residencia del siniestro. El gasto máximo para este servicio es de $500.-
 

Servicio de emergencia:

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Si la residencia asegurada fuera afectada por los eventos previstos en la póliza y como consecuencia de ellos resultaran heridos entre sus habitantes permanentes, SOS S.A., organizará y asumirá el costo del traslado de ellos hasta el hospital más próximo.
 

Televisor y/o video reproductor de préstamo:

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Si como consecuencia directa de un siniestro cubierto por la póliza se registra la pérdida, robo, hurto o incendio se registrara la pérdida o daño de único televisor y/o video-reproductor/DVD de la vivienda declarada, el beneficiario podrá, con la autorización previa de SOS S.A., contratar el alquiler de uno o ambos aparatos. El servicio está limitado a un período máximo de 10 días y a un monto máximo de $100.- por día para ambos aparatos. Este servicio será prestado exclusivamente bajo la modalidad de reintegro.
 

Cuidado de niños:

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Si como consecuencia directa de un siniestro cubierto por la póliza, el beneficiario o su cónyuge necesitaran hospitalización por más de 24 hs. y se hubiera un hijo del beneficiario residente y menor de 15 años, SOS S.A. proveerá una persona que se encargue del cuidado de dicho menor o una guardería según disponibilidad y a exclusivo criterio de la Prestadora. El servicio está limitado a un período máximo de 3 días y a un monto máximo de $500.- por día.
 

Cuidado de Discapacitados y/o Ancianos:

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Si como consecuencia directa de un siniestro cubierto por la póliza, el beneficiario o su cónyuge necesitaran hospitalización por más de 24 hs. y si hubiera una persona residente discapacitada o de edad avanzada, que por su condición física requiera de ayuda y asistencia de otra persona, SOS S.A. proveerá el personal idóneo para su cuidado según disponibilidad y a exclusivo criterio de la Prestadora. El servicio está limitado a un período máximo de 3 días y a un monto máximo de $500.- por día.
 

Cuidado de Animales Domésticos:

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Si como consecuencia de un siniestro previsto por la póliza, resultase imprescindible la transferencia de los moradores de la vivienda declarada a otra ubicación, y si no hubiera quien pudiera encargarse del cuidado de los animales domésticos, SOS S.A. proveerá el lugar apropiado para su cuidado. El servicio está limitado a un máximo de 3 animales, hasta 5 días y a un monto máximo de $500.- por día y por animal.
 

Hospedaje:

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Este servicio estará disponible cuando a consecuencia de un siniestro previsto por la Póliza, la vivienda asegurada se tornara inhabitable. SOS S.A. asumirá los gastos de hasta dos días de hotel para un máximo de 5 personas, limitado a $500.- por día y por persona.

El hotel se localizará a no más de 50 Km. de la residencia asegurada. Los gastos de traslado al hotel y el respectivo retorno correrán por cuenta de los beneficiarios.

 

Servicios Domésticos Provisorios:

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Este servicio estará disponible cuando a consecuencia de un siniestro previsto por la Póliza, resultare necesaria la hospitalización del beneficiario o su cónyuge por un período mínimo previsto de 7 días, dejando en la residencia asegurada por lo menos un morador con edad inferior a 14 años.

SOS S.A. asumirá los gastos de una empleada doméstica por un período máximo de 7 días corridos, con un tope máximo de $500.- por día.

 

Retorno anticipado al domicilio:

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Si como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza en los que sea necesaria la intervención de SOS S.A., o por la hospitalización que se prevea por más de 72 horas a consecuencia de accidente, o muerte de un familiar directo (padres, hijos, cónyuges) residentes en la vivienda asegurada y estando el beneficiario ido cónyuge de viaje dentro del territorio nacional a más de 500 km. de la vivienda, SOS S.A. pondrá a disposición del beneficiario pasajes aéreos, ferroviarios, o de autobús (según disponibilidad y a exclusivo criterio de la Prestadora) para que pueda retornar al domicilio, siempre y cuando no pudiera regresar del modo previsto originalmente.
 

Transmisión de mensajes urgentes:

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A pedido del asegurado, SOS S.A. se encargará de transmitir mensajes, relacionados a eventos previstos en estas Condiciones Generales, a una o más personas residentes en Argentina y por él especificadas.
 

Obligaciones del beneficiario

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Transmisión de mensajes urgentes:

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a) Solicitar el servicio a SOS S.A., tal como se describe en el punto INSTRUCCIONES PARA SOLICITAR EL SERVICIO.

b) Permitir el acceso a la vivienda declarada de los prestadores cuyos datos serán anticipados por SOS S.A. al beneficiario.

c) Será indispensable la presencia del titular o alguna persona autorizada por el mismo en el momento que se preste el servicio.

d) Aceptar las soluciones propuestas por SOS S.A. o sus representantes.

e) El beneficiario tendrá a su cargo el excedente del costo de la prestación, en el caso que la misma supere el tope máximo a cargo de SOS S.A.

f) En caso que el servicio no se efectúe por decisión del beneficiario, el cargo básico por el desplazamiento del prestador activado, se descontará del tope anual de cobertura; en el caso que el tope se encuentre excedido el importe estará a cargo del beneficiario.

g) Proveer a SOS S.A. de todos los comprobantes originales para aquellos servicios que contemplan y permiten la modalidad de reintegro de gastos, dentro de los siguientes 30 días y que hubieren sido previamente autorizados por SOS S.A.

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