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SEGUROS PARA EL HOGAR - Orbis

JUGADORES DE GOLF
La pérdida por robo y/o los daños por incendio y/o por accidente a los palos y accesorios que conforman el equipo de golf hasta la suma asegurada indicada en las condiciones particulares de la póliza, mientras se hallen en depósito o en uso por el asegurado o en manos de un Caddy para que, por cuenta y orden del asegurado, traslade los efectos de un punto a otro, dentro del territorio de la República Argentina. La cobertura de daños por accidente prevé la aplicación de una franquicia deducible de $ 1.000.- por cada equipo y por cada evento. Límite Máximo $ 50.000
Asimismo, se extiende la cobertura hasta un límite máximo del 10% de la suma asegurada del equipo para cubrir los gas- tos directos del festejo de una jugada de “hoyo en uno”, en el caso que el asegurado, jugando al golf en cualquier cancha de juego autorizada por la Asociación Argentina de Golf, ubicada dentro del territorio de la República Argentina, efectuara un hoyo en un solo golpe.
Se ampara también la responsabilidad civil por reclamos que surjan de lesiones a terceras personas y/o de daños a cosas de terceros provenientes de accidentes ocasionados durante el juego de golf o como consecuencia de este y que ocurran en canchas de juego autorizadas por la Asociación Argentina de Golf, ubicadas dentro del territorio de la República Argentina hasta el límite de 10 veces la suma asegurada del equipo con un Límite Máximo de $ 50.000 el que fuera menor de la suma fijada por Condiciones Particulares.
Exclusiones
Adicionalmente a las exclusiones previstas en las Condiciones Generales de Robo y/o Hurto mientras el equipo se encuentre dentro de la vivienda asegurada, en tránsito hacia la práctica del deporte o en el lugar donde se practica el deporte, Orbis no indemnizará los daños o pérdidas de pelotas de golf, cuando se produzca como consecuencia:
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Secuestro, requisa, incautación o confiscación realizadas por la autoridad o fuerza pública o en su nombre.
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Depreciación, desgaste, deterioro causado por el normal y natural manejo, uso o funcionamiento.
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La acción de roedores, insectos, vermes, gérmenes, moho, oxidación.
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Cualquier proceso de reparación, restauración, limpieza o renovación de los bienes asegurados.
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Que los bienes asegurados se encuentren sin custodia personal directa en un vehículo de transporte público o privado.
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Que los bienes asegurados sean usados por personas menores de 14 años, salvo pacto en contrario.
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Extravío.
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Daños o pérdidas ocasionales por actos intencionales del Asegurado
Modalidad de la cobertura: Primer Riesgo Absoluto.
Esta alternativa no exige en forma previa la declaración de los bienes, no obstante, al momento del reclamo en caso de haberse denunciado un evento que afecta a esta cobertura el Tomador deberá acreditar el gasto efectuado a través de documentación que pruebe la misma como requisito para ser reconocido mediante reintegro de gasto.
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