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INTEGRAL DE CONSORCIO  - Orbis

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DAÑOS POR ACCIÓN DEL AGUA

 

ORBIS indemnizará al Consorcio Asegurado la pérdida de o los daños al “Contenido General” de las partes comunes de los bienes objeto del seguro por la acción directa del agua, únicamente cuando sean causados por filtración, derrame, desborde o escape como consecuencia de la rotura, obstrucción, falta o deficiencia en la provisión de energía o falla de la instalación destinada a contenerla o distribuirla, incluyendo tanques, cañerías, válvulas, bombas y cualquier accesorio de la instalación.  


Exclusiones a la cobertura:

 
Adicionalmente a las exclusiones previstas ORBIS no indemnizará, salvo pacto en contrario, las pérdidas cuando se trate:

 

▪ De la propia substancia o de la instalación que la contiene o distribuye.

▪ Cuando la filtración, derrame, desborde o escape provenga de incendio, rayo o explosión, o derrumbe de tanques, sus partes y soportes, y del edificio, salvo que se produzcan como resultado directo de un evento cubierto.

▪ Humedad persistente, por la acción del agua procedente del exterior del edificio, por la acción del agua de lluvia o reflujo de desagües o por la acción de aguas subterráneas.

▪ Como consecuencia directa o indirecta de inundación, oleaje o crecida del mar o desborde de corrientes, canales o ríos.

 

 

Franquicia: 10% del monto del siniestro.

 

Medida de la Prestación: a Primer Riesgo Absoluto. 

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www.ssn.gob.ar
0800-666-8400
Si estas asegurado, estás tranquilo

11 4 193- 9172 daniel.lendamar@gmail.com

Daniel Speranza - Productor Asesor de Seguros M. N.: 93906

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