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Coberturas de Responsabilidad civil

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Responsabilidad Civil hechos privados

El asegurador cubre dentro del ámbito de la República Argentina la responsabilidad civil emergente de hechos privados, imputables al asegurado y/o cualquier otra persona por quien el asegurado sea legalmente responsable. 

Responsabilidad Civil Compresiva

Ampara la Responsabilidad Civil extracontractual en que incurra el asegurado por el ejercicio de su actividad, la cual aparece detallada en las condiciones particulares de póliza, dentro del Territorio de la República Argentina, dentro y fuera de los locales del asegurado. 

Planta de Gas Licuado y Actividades afines

Se cubre como adicional de la responsabilidad civil comprensiva, y ampara los daños provocados por el gas licuado, únicamente como consecuencia de deficiencia de los envases contenedores del mismo. 

Clínicas, Sanatorios, Hospitales o cualquier otro Centro Médico Asistencial

Ampara la responsabilidad civil extracontractual del asegurado, emergente de las lesiones o muerte que afecte a pacientes y/o acompañantes, aunque medie responsabilidad de los profesionales intervinientes, en cuyo caso se reservan los derechos de repetir a quien corresponda. 

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