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Seguros de Accidentes Personales EN OCASIÓN DE TRABAJO - Sancor

 

Es un seguro que beneficia al trabajador autónomo, ofreciéndole una alternativa económica para protegerse ante la ocurrencia de un accidente laboral y en el trayecto que implica ir y volver del mismo.

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Durante la actividad laboral, se está expuesto a riesgos de accidentes que pueden afectar el trabajo y dañar la productividad, ya sea que trabaje en relación de dependencia o de forma independiente. Por ello, para tu tranquilidad, Sancor Seguros desarrolló el Seguro de Accidentes Personales en Ocasión del Trabajo.


Este seguro cubre en caso de muerte e invalidez permanente total y parcial a causa de un accidente durante la actividad laboral declarada.


Además, la póliza brinda la posibilidad de optar por la cobertura adicional de Asistencia Médica Farmacéutica por reintegro de gastos, con o sin un deducible.

Incluye cobertura in itinere.

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Edad de ingreso: de 16 a 80 años. Permanencia: hasta los 80 años inclusive.

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Cobertura básica:

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  • Muerte accidental: Ampara el riesgo de fallecimiento del asegurado como consecuencia inmediata de un accidente cubierto producido dentro del horario y ámbito habituales de trabajo. 
    Se indemnizará la Suma Asegurada contratada, reduciendo los porcentajes abonados anteriormente para la cobertura de Invalidez Total o Parcial permanente por accidente.

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  • Invalidez total o parcial permanente por accidentes: Se considera Invalidez Total cuando la disminución de la capacidad laborativa sea igual o superior al 80%, se abonará el 100% de la suma asegurada contratada. Cuando la invalidez sea menor al 80% se indemnizará el porcentaje de la suma asegurada resultante de la evaluación médica según baremo SSN o tabla taxativa según Condiciones Generales.

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Coberturas  Adicionales:

 

  • Asistencia médica farmacéutica: Se brinda al asegurado las atenciones que éste pudiera demandar en un accidente cubierto producido dentro del horario y ámbito habituales de trabajo. Cobertura POR REINTEGRO presentando factura original. Se aplican deducibles según contratación. 

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  • Subsidio por fallecimiento: Se indemniza la suma asegurada contratada. 

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  • Renta diaria por internación por accidentes: Se indemniza al asegurado la suma asegurada contratada, cuando se acredite la internación como consecuencia inmediata de un accidente cubierto. Se aplica una carencia de dos días y un máximo de cobertura de 90 días ininterrumpidos. 

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Para descargar condiciones ingrese aquí.

Para descargar condiciones optativas ingrese aquí.

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0800-666-8400
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Daniel Speranza - Productor Asesor de Seguros M. N.: 93906
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